- La Asociación de Dispositivos Médicos (ADIMECH) está colaborando con el Ministerio de Medio Ambiente para que la industria cumpla con la Ley REP, en sintonía con su compromiso con los criterios ESG.
Santiago, junio de 2023. Como un cambio de paradigma en la producción responsable calificó la gerente general de la Asociación de Dispositivos Médicos (ADIMECH), Gabriela Garnham, la incorporación de esta industria a la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor, más conocida como Ley REP, en el contexto del Día Mundial del Medio Ambiente, que se conmemora cada año el 5 de junio.
Con el principio de “el que contamina paga”, la Ley REP comenzó a regir en Chile el 16 de marzo de 2022. Esta nueva ley responsabiliza a los productores e importadores a financiar una correcta gestión de los residuos que generan sus productos sean importados o de fabricación nacional, con el objetivo de promover la disminución de residuos y fomentar el reciclaje
La Ley REP estableció los siguientes productos prioritarios: aceites lubricantes, aparatos eléctricos y electrónicos, baterías, envases y embalajes, neumáticos y pilas, creando un sistema de ventanilla única donde los productores, de manera obligatoria, deben declarar los productos que importan o desarrollan anualmente, que correspondan a las categorías antes mencionadas.
La gerente general de ADIMECH especificó que las categorías que involucran a dispositivos médicos son envases y embalajes; aparatos eléctricos y electrónicos; y baterías. “En el caso de nuestra industria ya debemos costear el reciclaje de los envases y embalajes de los dispositivos médicos que comercializamos” explicó.
Gabriela Garnham agregó que, además, el gremio fue parte del Consejo Asesor Ampliado (COA) sobre Aparatos Eléctricos, Electrónicos y Pilas (RAE) del Ministerio del Medio Ambiente, “dado que como industria tributamos a los criterios ESG y a los Objetivos ODS 2030, donde el eje de sustentabilidad es fundamental”, precisó.
Gestión de residuos y reciclaje de dispositivos médicos
La categoría envases y embalajes, que se encuentra operativa, tiene a su vez subcategorías según tipo de materialidad. De este modo, las empresas deben identificar y declarar el envoltorio primario y secundario de los dispositivos médicos que ingresan al mercado.
En cuanto a la recolección, la ley identifica dos tipos: domiciliaria e institucional. “Para nuestra industria la más significativa es la de nivel institucional, sin embargo, es necesario analizar cómo estos nuevos reglamentos conversan con las disposiciones sanitarias ya vigentes”, puntualizó la ejecutiva.
El gremio, además, ha colaborado con la autoridad levantando información sobre cómo homologar los dispositivos médicos a la categoría de aparatos eléctricos y electrónicos, compartiendo experiencias internacionales.
“En otros países, en general, los dispositivos médicos han ingresado a la normativa cuando las capacidades ya estaban instaladas, disminuyendo así el riesgo en la salud pública. En la Unión Europea, por ejemplo, los dispositivos médicos se integraron tres años después de los electrodomésticos”, aseveró la ejecutiva.
Finalmente, si bien la gestión de residuos y el reciclaje de dispositivos médicos es un imperativo en el marco de la Ley REP, constituye también un desafío tanto para la industria como para todo el ecosistema de economía circular en Chile, aún incipiente y en proceso de aprendizaje.